Estatutos

Estatutos de la Asociación de Cultura y Lengua Española

Art.1

Nombre y domicilio

Con el nombre de Asociación de Cultura y Lengua Española, se constituyó en la ciudad de Gotemburgo una organización sin fines de lucro,  (LA FECHA EN QUE SE VOTA LA DIRECTIVA) el 5 de mayo de 2018. Tiene su sede en Mölndalsvägen 1, 412 63 Göteborg

Art.2

Ámbito de actuación

El ámbito territorial de las actividades de la Asociación de Cultura y Lengua Española está circunscrito a Gotemburgo y su provincia, sin perjuicio de que la Asociación pueda establecer delegaciones u organizar actividades en otros puntos de Suecia.

Art. 3

Vinculación

La asociación no tendrá ninguna dependencia, adhesión o vinculación directa con grupos, ideas, partidos políticos o asociaciones religiosas de ninguna índole. Pero podrá recabar ayuda si con ello se beneficia y no conlleva pérdida de derechos o merma en la independencia de la Asociación.

Art. 4

Finalidad de la asociación

La Asociación de Cultura y Lengua Española en Gotemburgo tiene como finalidades principales las siguientes: 

1. Fomentar el conocimiento del idioma y la cultura española así como los vinculos entre españoles, sus descendientes y todas las personas interesadas en la asociación de cultura y lengua española.

2. Sostener relaciones de amistad y camaradería con las asociaciones afines a la nuestra.

3. Orientar el trabajo hacia la unión entre los socios y que éstos se presten recíproca ayuda y colaboración en todos aquellos propósitos lícitos que no contradigan los Estatutos y reglamentos aprobados.

4. Difundir el conocimiento cultural reciproco entre los pueblos español y sueco. También todo lo que signifique el conocimiento universal.

Art. 5

Quién puede ser socio

Toda persona que esté de acuerdo con los Estatutos de la Asociación de Cultura y Lengua Española, puede ser socio. 

Art.6

Cuota social

La cuota a pagar se establece en la Asamblea Anual o Extraordinaria.

Art. 7

De los socios

Todo miembro deberá tener presente la continua atención y preocupación de observar las normas elementales de conducta, que haga posible una convivencia armoniosa y estancia agradable en los actos que la Asociación de Cultura y Lengua Española realice 

Art. 8

Normas de convivencia

Cualquier falta contra las normas elementales de convivencia podrá ocasionar la expulsión de la Asociación. 

Art. 9

Invitados

Los socios pueden llevar a sus familiares y amigos a las actividades que la Asociación realice como invitados. El socio es responsable de que sus acompañantes observen en todo momento el cumplimiento de las reglas y buen comportamiento. 

Art.10

Derechos de los socios.

Todo socio posee el derecho de manifestar su opinión y de hacer sugerencias y propuestas en todo lo que afecte a la Asociación, pudiendo hacerlo en Asambleas Ordinaria, Extraordinaria o en las reuniones periódicas de información. También podrá hacerlo a la Directiva, pero en este caso deberá efectuarlo por escrito.

Art. 11

Pérdida de la condición de socio

1. Por petición de baja del socio por escrito. 

2. Por impagos de la cuota social. 

3. Por expulsión decretada por la Comisión Directiva. En este caso el socio podrá interponer recurso ante la Asamblea General, cuyo acuerdo formado tras oír al interesado será inapelable. 

Art.12

De la Asamblea Ordinaria

La Asamblea Ordinaria del Centro se celebrará una vez al año, previa convocatoria por escrito. 

Art.13

De la Asamblea Extraordinaria

La Asamblea Extraordinaria será convocada cuando la Comisión Directiva o una cuarta parte de los socios lo juzgue necesario. La convocatoria se hará por escrito con dos semanas de antelación, como mínimo, a la fecha de celebración. 

Art. 14

Composición de la Comisión Directiva

La Comisión Directiva de la Asociación de Cultura y Lengua Española se compone de siete miembros, a saber, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres vocales de Asuntos Sociales y culturales. También se elegirá dos revisores de cuentas. (PREGUNTA – FIGURA DEL VALBEREDARE?)

Art.15

Elección de los miembros de la Comisión Directiva

Los miembros de la Directiva serán elegidos en la Asamblea Ordinaria y su gestión durará un año.

Art. 16

De los miembros de la Comisión Directiva y su elección

Los miembros de la Comisión Directiva deberán rendir cuentas de su gestión ante la Asamblea Ordinaria o Asambleas Extraordinarias y deberán someterse a las decisiones tomadas por la Asamblea. La elección como miembro de la Comisión Directiva de la Asociación de Cultura y Lengua Española, lo es siempre a titulo estrictamente personal, es decir, que no se puede formar parte de la Comisión Directiva representando a cualquier otra organización. 

Art. 17

Comisión electoral para la elección de los miembros de la Comisión Directiva

La Comisión Electoral se compondrá de 3 miembros y se ocuparán de organizar la elección, presentando a la Asamblea a los candidatos que aspiran a ocupar los diversos cargos de la Asociación.

Art. 18

Reuniones de la Comisión Directiva

La Comisión Directiva se reunirá un mínimo de cuatro veces al año, al objeto de tratar los asuntos de la Asociación. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. 

Art. 19

Asistencia a las reuniones de la Comisión Directiva

En caso de que un miembro de la Comisión Directiva no asista a las reuniones de la misma durante tres veces consecutivas sin haber comunicado un motivo justificado, será amonestado para que cese sus ausencias o se le pedirá que renuncie al cargo. 

Art. 20 

Bajas en la Comisión Directiva

Si se produce la baja de un miembro de la Comisión Directiva antes de la expiración de su mandato, la Comisión Directiva podrá designar, sujeto a la posterior confirmación de la primera Asamblea que se celebre, un sustituto que cesará cuando habría correspondido hacerlo al miembro que causó la baja. 

Art. 21 

Revisores de cuentas

La Asamblea elegirá dos revisores de cuentas, que no pertenezcan a la Comisión Directiva, para que auditen las cuentas de la Asociación y elaboren el correspondiente informe que será presentado ante la Asamblea.

Art.22 

Renovación de los estatutos

Los presentes estatutos sólo podrán ser renovados en Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, necesitando el acuerdo en tal sentido de los dos tercios de los presentes en la Asamblea y la renovación de los Estatutos deberá figurar en la convocatoria. 

Art. 23 

Disolución

Si la Asociación de Cultura y Lengua Española se disolviese, los fondos existentes se destinarán a una institución benéfica que decidan en Asamblea de disolución convocada por la Comisión Directiva, la mayoría simple de los presentes en caso de dos alternativas, o un tercio en caso de tres o más alternativas.